¿Puedo cobrar por cuidar a mi cónyuge?

Esta información está actualizada a 30 de junio de 2022.


Más de 48 millones de personas cuidan de su cónyuge o pariente sin apoyo económico en EE.UU. Cuidar de un ser querido es admirable. Sin embargo, también puede ser agotador, tanto física como económicamente. En lugar de contratar a alguien para que cuide a tu pareja, puedes preguntarte: «¿Puedo cobrar por cuidar a mi cónyuge?».


Si estás cuidando a tu cónyuge, tal vez puedas cobrar a través de Medicaid, las prestaciones de los veteranos o una organización local.
Infórmate aquí.
¿Puedo cobrar por cuidar a mi cónyuge?

Casi todos los estados ofrecen alguna forma de pago a través de Medicaid para las personas que cuidan de sus cónyuges. Los veteranos y los miembros del servicio militar pueden optar a uno de los cuatro planes de ayuda para pagar a los cuidadores familiares. Si no tienes derecho a Medicaid, es posible que un organismo local o estatal pueda pagarte.


Conozcamos mejor estos programas y cómo puedes cobrar por cuidar a tu cónyuge.


Cobra por cuidar a tu cónyuge a través de Medicaid


Medicaid es un programa de seguro público dirigido a personas y familias con bajos ingresos. Para que Medicaid te pague por cuidar a tu cónyuge, tendrás que hacer lo siguiente:


  1. Inscribirse en Medicaid
  2. Ponte en contacto con los servicios autodirigidos de Medicaid de tu estado
  3. Pasar por un proceso de evaluación
  4. Cobra por tus cuidados

1. Inscríbete en Medicaid


Si no tienes seguro médico y tienes bajos ingresos, puedes optar a la cobertura gratuita o de bajo coste de Medicaid. Si ya estás cubierto por Medicaid u otro tipo de seguro médico, puedes pasar al paso nº 2.


Medicaid se financia a través del gobierno federal y de tu estado. Aun así, tienes que solicitarlo directamente al programa Medicaid de tu estado. Cada estado tiene un procedimiento de solicitud y una lista de requisitos diferentes. Necesitarás


  • Cumplir los límites de la Renta Bruta Ajustada Modificada (RBAM)
  • Puedes estar exento si tienes derecho a Medicaid por ceguera, discapacidad o eres mayor de 65 años
  • Ser residente legal de tu estado

También puedes tener derecho a Medicaid si recibes una Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI), formas parte del programa para personas con necesidades médicas de tu estado o estás embarazada.


Después de visitar el sitio web de Medicaid de tu estado o de llamar a una oficina de Medicaid para ver si cumples los requisitos, puedes solicitar Medicaid por Internet o en persona en una oficina local. Tendrás que presentar documentos que demuestren tus ingresos y tu estado de salud.


2. Contacta con los Servicios Autodirigidos


Una vez inscrito, te pondrás en contacto con el Departamento de Servicios Autodirigidos de Medicaid de tu estado. Cada estado tendrá un nombre diferente para su departamento de servicios autodirigidos. Este departamento supervisará la evaluación de tu situación y te pagará, si es posible.


Los servicios autodirigidos son aquellos en los que un participante en Medicaid o su representante pueden decidir o responsabilizarse de determinados servicios, como la atención domiciliaria.


3. El proceso de evaluación


A partir de 2022, la mayoría de los estados tienen alguna forma de posible pago para los cuidadores conyugales, especialmente para los cuidados de larga duración. Sin embargo, los criterios son diferentes según el estado. Algunos permiten cuidadores familiares, pero no cónyuges. Otros no pagan a nadie que viva en el mismo domicilio que el participante.


Si en tu estado se paga a los cuidadores conyugales, puedes solicitar una exención que te permita gestionar los servicios de cuidados de larga duración de tu cónyuge.


Un empleado de Medicaid evaluará a tu cónyuge y su situación en cuanto a riesgos, puntos fuertes, necesidades, capacidades y preferencias. Es probable que tengas que proporcionar un plan por escrito de todos los servicios que necesita tu cónyuge. Por ejemplo, bañarse, preparar comidas, hacer la compra, transportarse a las citas con el médico, etc.


4. Cobrar


Si la evaluación demuestra que tu cónyuge necesita tus cuidados -y tu estado puede pagar a un cónyuge a través de Medicaid-, te aprobarán para que le cuides con una compensación. La cantidad que te paguen dependerá totalmente de las necesidades de tu cónyuge y de la evaluación de Medicaid.


Cobra por cuidar de tu cónyuge militar


Los veteranos y los miembros del servicio militar también pueden optar a la asistencia conyugal remunerada a través de Medicaid o del Programa de Asistencia Integral para Cuidadores Familiares (PCAFC).


La prestación de Ayuda y Asistencia para veteranos cubrirá los cuidados familiares, pero no los del cónyuge.


Cobrar a través de Medicaid


El Departamento de Asuntos de Veteranos (DVA) tiene un programa dentro de Medicaid que permite servicios autodirigidos para veteranos. Está disponible en 42 estados, D.C. y Puerto Rico.


Los veterinarios deben serlo:


  • Inscrito en el sistema sanitario de la Administración Sanitaria de Veteranos
  • Necesitan cuidados en un centro de enfermería

Tras el periodo de evaluación, se creará un presupuesto mensual flexible. El veterano y su cónyuge pueden elegir las cosas y servicios que consideren más útiles dentro del presupuesto.


Llama o visita tu oficina local del DVA para saber cómo solicitar estos servicios.


Cobrar a través del PCAFC


El PCAFC permite a los veteranos designar un cuidador familiar principal y hasta dos cuidadores secundarios para que les ayuden en el día a día. El cuidador principal puede ser el cónyuge. Se les paga un estipendio mensual y reciben formación para cuidadores, asesoramiento en salud mental y compensación por desplazamiento si llevan al veterano a recibir cuidados a otro lugar.


Para solicitarlo, el veterano debe


  • Tener un grado de discapacidad del 70% o superior
    • La discapacidad debe haber sido causada o agravada antes del 5/7/1975 o después del 11/9/2001
  • Tener una fecha de alta médica
  • Necesitas al menos seis meses de atención continuada en persona

El cónyuge cuidador debe


  • Vivir a tiempo completo con el veterano

Solicita y obtén más información sobre este programa aquí.


Cobrar a través de Ayuda y Asistencia


La prestación de Ayuda y Asistencia forma parte del programa de pensiones de los veteranos. Puede proporcionar hasta 2.000 $ al mes a los veteranos aprobados y a sus cónyuges para cubrir los gastos de los cuidadores.


Entre los cuidadores puede haber hijos, pero no cónyuges.


Para más información, consulta aquí.


Más formas de cobrar por cuidar a tu cónyuge


Si tu cónyuge no es veterano o no tiene derecho a Medicaid, aún puede haber una forma de que te paguen por cuidar de él. Algunas agencias pueden trabajar con el gobierno estatal o federal y pagar a un cónyuge para que cuide de su pareja.


En primer lugar, puedes consultar la herramienta Servicios por Estado de la Alianza de Cuidadores Familiares para encontrar recursos y organizaciones en tu zona. Acércate a las que tengas más cerca y pregunta por los programas que tengan o conozcas que paguen a los cuidadores conyugales.


En segundo lugar, puedes ponerte en contacto con la Agencia de Área sobre Envejecimiento más cercana. Esta entidad tiene un programa con apoyo federal que puede ayudar a pagar a los cónyuges que cuidan a una pareja de 60 años o más o menor de 60 con diagnóstico de enfermedad de Alzheimer u otro trastorno relacionado.


En tercer lugar, puedes consultar la lista de programas que no son de Medicaid con orientación al consumidor de las Organizaciones Estadounidenses de Investigación sobre Cuidados de Ancianos (American Elder Care Research Organizations).


Por último, puedes recibir alguna ayuda económica si cuidas a un cónyuge con una enfermedad específica. Por ejemplo, CancerCare ofrece ayuda económica a los cónyuges que cuidan de una pareja con cáncer. Esta herramienta de búsqueda puede buscar recursos específicos para la enfermedad de tu cónyuge.


Preguntas frecuentes


¿Cómo puedo cobrar por cuidar a mi cónyuge?


La forma más habitual de cobrar por cuidar a un cónyuge es a través de Medicaid. El cónyuge confinado en casa debe tener derecho a Medicaid por SSI, ceguera o bajos ingresos anuales.


Los veteranos también pueden tener un cuidador conyugal remunerado a través de Medicaid o PCAFC.


Quienes no tengan derecho a Medicaid pueden ponerse en contacto con organismos locales u organizaciones estatales para ver si hay otros programas disponibles.


¿Qué cubrirá mi pago?


Los cónyuges cuidadores suelen cobrar entre 11 y 20 dólares por hora, dependiendo del programa de financiación, de cuántas horas trabaje el cónyuge y del nivel de cuidados que necesite su pareja.


¿Cómo se determina mi salario?


El pago lo determina tu programa. La mayoría de los programas, incluido Medicaid, tendrán un periodo de evaluación. Es entonces cuando el trabajador de Medicaid determinará el nivel de atención al que tiene derecho el cónyuge confinado en casa.


Tras la evaluación, suele haber una propuesta de presupuesto. La pareja lo revisará y determinará lo que se puede utilizar y lo que no. El presupuesto final determinará la remuneración del cónyuge cuidador.


¿Quién tiene derecho al cuidado conyugal remunerado?


Para poder recibir cuidados conyugales o a domicilio, la mayoría de los programas exigen que la persona tenga un determinado grado de discapacidad. Por ejemplo, los veteranos acogidos a Medicaid necesitan un grado de discapacidad del 70% o superior para recibir cuidados conyugales remunerados.


Aún puedes tener derecho a cuidados conyugales remunerados si no estás incapacitada, pero estás muy limitada debido a una enfermedad continua o crónica.


En resumen


Si habéis jurado amaros en la salud y en la enfermedad, es admirable que cuides de tu cónyuge cuando no puede valerse por sí mismo. Por desgracia, esto puede convertirse rápidamente en un trabajo a tiempo completo, que causa tensiones económicas a muchas parejas.


Por suerte, hay algunas formas de que te paguen por cuidar de tu cónyuge. La forma más habitual es a través de los servicios autodirigidos de Medicaid. Tu cónyuge tendrá que cumplir los requisitos, solicitar y ser aprobado para Medicaid antes de que puedas solicitar una evaluación para los servicios autodirigidos. Si te la aprueban, podrían pagarte por cuidar de tu cónyuge.


Los veteranos dependientes también pueden recibir ayuda conyugal pagada a través del programa Medicaid del DAV o del PCAFC.


Por último, supón que no reúnes los requisitos para los programas anteriores. En ese caso, puedes buscar organizaciones locales y organismos estatales que puedan ofrecerte ayudas o subvenciones para que cuides a tu cónyuge.


Gracias por todo lo que haces, y ¡mucha suerte con tu búsqueda y tus solicitudes!


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Si tienes derecho a Medicaid o a prestaciones por incapacidad, también puedes tener derecho a Lifeline o al Programa de Conectividad Asequible (ACP). Lifeline y ACP son programas gubernamentales diseñados para ayudar a los consumidores con bajos ingresos a recibir servicios de comunicación gratuitos o con grandes descuentos.


Haz clic aquí para obtener más información y solicitar esta valiosa prestación.


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